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Martes, 20 Septiembre 2022 10:17

Se abre el plazo del Programa de Emergencia Social 2022

El Área de Políticas Sociales, Igualdad y Ciudadanía pone en marcha el Programa de Emergencia Social (Ayudas Sociales), el cual se incluye dentro del Plan Provincial de Reactivación Económica y Social 2022 del Área de Cohesión Social e Igualdad (Plan Actúa, publicado en el BOP del 19 de mayo de 2022 de la Diputación de Sevilla), y destinado al otorgamiento de prestaciones de emergencia social dirigidas a las familias y colectivos más desfavorecidos.

La ejecución de este programa se ajusta a lo establecido en las Bases Reguladoras en todo su articulado, complementándose con las Prestaciones de Emergencia social del Plan de cohesión social e Igualdad 2020/2023 y el Anexo 3.1 Normas reguladoras de las Prestaciones Económicas de Emergencia Social y/o Urgencia Social.

Conforme a lo dispuesto anteriormente, puede consultar aquí el Acuerdo de la Comisión Técnica de Valoración para la ejecución del presente programa.

1. Requisitos de las personas solicitantes:

a) No tener acceso a otras ayudas de Administraciones públicas o recursos propios que cubran la necesidad para la que se solicita la ayuda.
b) Ser mayor de 18 años, estar emancipado legalmente o haber iniciado legalmente el trámite legal de emancipación. Podrán solicitarlas excepcionalmente aquellos menores que tengan a su cargo hijos, aquellos que procedan de instituciones de protección de menores, así como menores huérfanos de padre y madre.
c) Empadronamiento y residencia habitual de la persona solicitante de al menos un año en el municipio de Bollullos de la Mitación.
d) Pertenecer a una unidad familiar que se encuentre en los siguientes umbrales económicos referidos al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Se tendrá en cuenta los ingresos de los últimos seis meses y se consideran ingresos computables de la persona solicitante y/o unidad familiar las pensiones, prestaciones, subsidios, salarios, ayudas sociales, así como otros ingresos de cualquier concepto.
- Unidades familiares de 1 solo miembro: hasta 1,5 veces el IPREM (5.400€).
- Unidades familiares de 2 miembros: hasta 1,8 veces el IPREM (6.480€).
- Unidades familiares de 3 miembros: hasta 2,1 veces el IPREM (7.560€).
- Unidades familiares de 4 miembros: hasta 2,4 veces el IPREM (8.640€).
- Unidades familiares de 5 miembros: hasta 2,7 veces el IPREM (9.720€).
- Unidades familiares de 6 miembros: hasta 3,0 veces el IPREM (12.636€).
- Por cada miembro de la unidad familiar a partir del 6º incluido: aumentar 0,30 veces el IPREM.

A los efectos de este Programa, se entiende por unidad familiar la persona solicitante y en su caso la persona unida a la misma por relación de matrimonio, pareja de hecho debidamente inscrita o relación análoga, acreditada mediante declaración jurada, así como las personas vinculadas a cualquiera de ellas por lazos de parentesco, por consanguinidad o afinidad hasta el primer y segundo grado, o por adopción, tutela o acogimiento familiar, que convivan y estén empadronadas en el mismo domicilio).

Primer grado: padres e hijos. Segundo grado: abuelos, nietos y hermanos.

2. Tipos de ayuda.

Podrán ser objeto de las prestaciones de emergencia los siguientes conceptos:
Deuda contraída con la Tesorería General de la Seguridad Social, deudas o pagos relacionados con la vivienda, alimentación, energía eléctrica, agua, gas, …
Para mayor información consultar el Acuerdo de la Comisión Técnica (Acuerdo de la Comisión Técnica). 

3. Solicitud y declaración responsable de ingresos.

La solicitud y la declaración responsable de ingresos puede descargarla y rellenarla aquí. Debe presentar una solicitud por cada tipo de ayuda solicitada, junto con la documentación general y la documentación específica, según el tipo de ayuda solicitada.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a esta publicación hasta agotar presupuesto.
La solicitud se presentará, preferentemente, de forma telemática, a través de la sede electrónica, o de forma presencial en la Delegación de Servicios Sociales.

4. Documentación.

La Documentación que debe acompañar a la solicitud y a la declaración responsable viene recogida en el Acuerdo de la Comisión Técnica


Para más información sobre este programa, puede contactar con el Departamento de Políticas Sociales, Igualdad y Ciudadanía a través del siguiente teléfono 955765000 (EXT 4).

Documentos para consulta y descarga:

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