Noticias en Bollullos de la Mitación

Viernes, 20 Marzo 2020 13:09

Preguntas frecuentes sobre el COVID-19

Preguntas frecuentes sobre el COVID-19

1. ¿Cuándo abren las tiendas y restaurantes? ¿ Y los centros comerciales?
La apertura de las terrazas de los restaurantes se iniciará en la fase 1, el 11 de mayo, y se limitará al 30% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal asegurando distancias. Podrían tener mayor número de mesas si el ayuntamiento permite más espacio disponible, respetando la proporción mesas/superficie del 30% y con un incremento proporcional de espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública.
Respecto al interior de los bares y restaurantes, habrá que esperar a la fase 2, la intermedia. Además, estos locales deberán tener una garantía de separación entre clientes en mesa y entre mesas. También tendrán una limitación de 1/3 de aforo y su consumo solo podrá ser sentado o para llevar.
Restaurantes y cafeterías podrán hacer entregas para llevar, sin consumición dentro del local, desde la Fase 0 (4 de mayo). A partir de la fase 2 será posible el consumo en local con servicio en mesa. En la 3 ya se incluiría el consumo en barra y se permitiría la apertura de discotecas y bares nocturnos con aforo al 30%.
La apertura de pequeños locales y establecimientos con cita previa para la atención individual de clientes está prevista desde la fase cero, esto es, el 4 de mayo.
Si bien el pequeño comercio podrá reabrir a partir del 11 de mayo, los centros comerciales tendrán que esperar para hacer lo propio a la Fase 2. El objetivo es claro: evitar grandes aglomeraciones.

2. ¿Cuándo se podrá recuperar la actividad social?
A partir de la Fase 1, las personas que no formen parte de grupos vulnerables ni tengan patologías previas se podrán reunir en grupos reducidos, que podrán ir ampliándose en las siguientes fases. Las personas vulnerables deberán evitar contactos sociales, pero tendrán medidas de alivio con las protecciones específicas correspondientes. El Gobierno aclarará en los próximos días si estos contactos pueden producirse en los hogares o en la calle y cuál es el número de personas máximo que pueden formar esos grupos.
En la Fase 2 se podrán realizar visitas de un familiar a personas con discapacidad en residencias y viviendas tuteladas, aunque el caso de las residencias de mayores, el principal foco de contagio, no se revisará hasta la Fase 3.

3. ¿Qué se hace con los hijos si se tiene que ir al trabajo?
El Gobierno prevé también habilitar aulas (con limitación de aforo) para que los niños de Educación Infantil, de hasta seis años, puedan acudir a los centros en caso de que ambos padres tengan que trabajar presencialmente a partir de la fase 2. Eso sí, tendrán que acreditar que los dos progenitores tienen que realizar un trabajo presencial sin posibilidad de flexibilización.

4. ¿Podrá ir más de una persona en los coches?
El documento publicado por Sanidad no establece límite de tiempo ni zona para la estancia en la calle, aunque se ha informado de que habrá una orden ministerial que regule estos y otros aspectos del desconfinamiento.
En cuanto al transporte privado, a partir de la Fase 1 podrían ocupar un mismo vehículo las personas que residan en el mismo domicilio. Y en cuanto al transporte público está «altamente recomendado» el uso de mascarillas.

5. ¿Cuando se puede ir a la peluquería? ¿Y al fisioterapeuta?
Como cualquier establecimiento comercial, peluquerías, clínicas de fisioterapia y otros centros podrán admitir clientes en la Fase 0 únicamente mediante cita previa y estableciendo horarios prioritarios para mayores de 65 años. A partir de la Fase 1, se puede atender con medidas de seguridad como equipos de protección y limitación de aforo.

6. ¿Se puede entrenar en el gimnasio? ¿Y al aire libre?
Las actividades deportivas al aire libre podrán realizarse en Fase cero de manera individual y, a partir de la Fase 1, de forma colectiva pero sin contacto. En espacios cerrados, se podrán realizar de manera individual y con cita previa en la Fase 1, con limitación de aforo y aún sin contacto en Fase 2 y en gimnasios, sin uso de vestuarios, en Fase 3.

7. ¿Cuándo abren los cines, museos y teatros?
Los espectáculos al aire libre solo se podrán realizar cuando cuenten con asientos para el público (menos de 200 personas en Fase 1, 400 en Fase 2, hasta 800 en Fase 3). En espacios cerrados como cines, salas de museo o teatros, solo se podrá ocupar 1/3 del aforo.
La industria cultural no será de las primeras en abrir sus puertas. Lo harán a finales de mayo, en la tercera etapa de desescalada. Es decir, la penúltima fase llamada fase dos o fase intermedia. No obstante, esta apertura se permitirá en cada provincia si se cumplen los parámetros establecidos para pasar de la fase uno a la dos, y tendrán que hacerlo, además, siguiendo unas estrictas medidas de seguridad sobre distanciamiento social e higiene.

8. ¿Pueden abrir las clínicas veterinarias?
Sí, para garantizar la normativa sobre bienestar animal.

9. Dentro del territorio nacional, ¿por dónde se puede viajar? ¿Se puede ir a la segunda residencia? ¿Y al extranjero?
Por el momento el Gobierno no ha tomado ninguna decisión respecto a la apertura de fronteras, pero buscará una respuesta común y consensuada con otros socios comunitarios.
La fase 1 de la desescalada permitirá visitar a familiares y amigos en la misma provincia.
Dentro de nuestras fronteras, no se permitirá el transporte entre provincias hasta que ambas hayan superado la Fase 3. Hasta entonces se permitirá el turismo activo y de naturaleza en grupos limitados dentro de la propia provincia.
Para todos aquellos que tengan una segunda residencia en una provincia diferente a la habitual, no se permitirá que acuda a ella hasta que concluya todo el plan de desescalada. Solo aquellos que posean un segundo inmueble dentro de la provincia en la que residen habitualmente podrán hacerlo a partir de la fase 1.
Más información aquí.

10. ¿Cuándo se podrá ir a la playa y a la piscina?
Las playas se abrirán al público, siempre bajo condiciones de seguridad y distanciamiento, en la Fase 3 (no antes del 8 de junio) y será clave la gestión de las autoridades locales para garantizar esas medidas de prevención. Por el momento no se ha confirmado ninguna información respecto a las piscinas, aunque se prevé que el Gobierno dé a conocer la regulación próximamente.

11. ¿Puedo ir a mi segunda residencia de viaje?
No, está prohibido.

12. ¿Cuándo se podrán celebrar bodas? ¿Y velatorios? ¿Se va a permitir la asistencia a cultos religiosos?
Las bodas se podrán celebrar a partir de la Fase 2 y los velatorios a partir de la Fase 1, en ambos casos con limitaciones de asistencia. Los cultos religiosos se podrán celebrar en Fase 2 con 1/3 del aforo y en Fase 3 con la mitad.

13. ¿Se puede transportar mercancías?
Sólo se regula el transporte de viajeros por lo tanto no se pone ninguna limitación al transporte de mercancías, dentro de la legalidad, ni por destino de la misma.

14. ¿Puedo asistir al consultorio?
Debes tratar de resolverlo todo lo posible por teléfono. Llama al 955624318, 697950933 y/o 645257035.

15. ¿Cómo puedo obtener mi certificado digital?
En el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación puedes obtenerlo vía telefónica. Llama al 955765000 (extensión 114) o enviando un mensaje por correo electrónico al: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

16. ¿Puedo pasear acompañado de una persona con discapacidad?
Sí, cualquier persona con discapacidad acreditada cuyo confinamiento prolongado en casa pueda causa conductas disruptivas, pérdida del autocontrol personal u otros inconvenientes similares por razón de su propia discapacidad, puede dar un pequeño paseo acompañado de un familiar o tutor legal correspondiente. Ambas personas deberán ir documentadas, con el DNI, el certificado de discapacidad correspondiente y el documento que acredite la relación de la persona acompañante con la propia persona con discapacidad. El paseo será corto y se intentará evitar el horario de apertura de tiendas.

17. ¿Puedo suspender el régimen de visitas?
En cuanto a los regímenes de estancia y de visitas de los hijos, si hay riesgo para el menor o la madre se puede solicitar al juzgado la suspensión cautelar durante el estado de alarma.

Se recomienda que el abogado remita al del progenitor no custodio una copia del escrito presentado en el juzgado y que en ese escrito se pida expresamente que mientras no haya respuesta judicial se dé por suspendido el régimen de visitas hasta que finalice el estado de alarma. Asimismo, se debería prever la propuesta de compensación de los días de visitas que no hayan sido disfrutados por el no custodio.

18. ¿Cómo solicito el desempleo?
Las oficinas del SEPE están cerradas, para poder solicitar una prestación hay que hacerlo de manera telemática, si no dispones de certificado digital ni clave permanente, lo puedes hacer de la siguiente manera:
Entras en la página:
http://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones.html 
Descargas el impreso de tu prestación y luego la pueden enviar por correo electrónico a la dirección del SEPE de Bollullos de la Mitación: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para no tener que imprimir y firmar el impreso solo lo rellenamos y lo guardamos en el ordenador.
A continuación hacemos lo siguiente:
1. Coge un folio y escribe a mano: Yo ……………………………….. con DNI ………………………. Declaro que todos los datos aportados en la solicitud son correctos y que acepto se tramite mi prestación.
En Bollullos de la Mitación a……………. de………………….. de 2020. Firma (lo firmamos).
2. Cogemos nuestro DNI y lo ponemos con la foto mirando hacia arriba en una esquina del folio escrito y firmado.
3. Con el móvil hacemos una foto al folio escrito, firmado y con el DNI,
4. Enviamos un correo electrónico a (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) adjuntando el impreso relleno y la foto del folio que hemos escrito, firmado y con el DNI.

Más información sobre otros trámites telemáticos con el SEPE aquí

19. ¿Cómo manejo los residuos domiciliarios?

Medidas para el manejo de los residuos domiciliarios en caso de positivos o negativos en coronavirus (Orden SND/271/2020, de 19 de marzo).

EN EL CASO DE HOGARES CON POSITIVOS O EN CUARENTENA POR CORONAVIRUS:
• El material desechable utilizado por la persona enferma, se eliminará en una bolsa de plástico dispuesta en la habitación en un cubo con tapa y sin realizar reciclaje, además, esta bolsa, se cerrará y se introducirá en otra bolsa donde se introducirá el material utilizado por el cuidador y se cerrará antes de salir de la habitación.
• Una vez que se saca la bolsa bien cerrada de la habitación, se introduce en la bolsa de basura donde se deposita el resto de residuos del hogar
• Inmediatamente después de seguir estos pasos, se realizará una completa higiene de manos con agua y jabón (entre 40 y 60 segundos).
• La bolsa de residuos del hogar se cerrará y se depositará EXCLUSIVAMENTE en el contenedor de “restos”.

EN EL CASO DE HOGARES CON NEGATIVOS POR CORONAVIRUS:
• La separación de los residuos se realizará como se viene haciendo normalmente, intentando en todo caso, maximizar esta separación, para reducir la cantidad de basura a depositar en el contenedor de “restos”, depositando los demás residuos en su contenedor correspondiente.
• Los guantes de látex o nitrilo empleados para otros usos, se depositarán en el contenedor de “restos”. El incumplimientos de estas medidas, puede acarrear la imposición de sanciones.

El incumplimientos de estas medidas, puede acarrear la imposición de imposiciones.

20. ¿Puedo solicitar una moratoria en el pago de mi hipoteca?
Consulta aquí medidas de apoyo a la ciudadanía, autónomos y empresas.

21. ¿Qué ayudas hay para los autónomos en esta crisis del Covid19?
Guía de Medidas Andalucía Emprende, fundación pública andaluza dependiente de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo ha publicado esta Guía que resume todas las medidas para personas Trabajadoras frente al COVID-19.
Esta guía incluye las siguientes medidas:
1. Prestación extraordinaria por cese de actividad.
2. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayores (ERTES).
3. Moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual.
4. Digitalización de las pymes. Plan ACELERA.
5. Actividades permitidas y obligadas al cierre.
6. Derecho de adaptación del horario y reducción de jornada.
7. Aplazamiento de impuestos.

Descarga aquí la guía en Pdf.

22. ¿Cómo puedo realizar trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social?
De acuerdo con las recomendaciones sanitarias para evitar la transmisión de coronavirus Covid19, se comunica que, con carácter temporal, desde el lunes 16 de marzo la oficina de la Seguridad Social, en Sanlúcar la Mayor, permanecerá cerrada al público, atendiendo únicamente las consultas que se realicen telefónicamente o a través de correo electrónico dirigido al buzón corporativo de la unidad.
- Administración 41/08: Teléfono 954416243. Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- URE (Recaudación ejecutiva) 41/08: Teléfono 955981870. Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Asimismo, se recuerda que cualquier ciudadano puede acceder a los servicios electrónicos de la Seguridad Social ofrece en la Sede Electrónica de Seguridad Social, directamente desde su ordenador o dispositivo móvil, sin necesidad de desplazamientos y en cualquier momento del día, disponiéndose al instante de certificados e informes y pudiendo presentar cualquier escrito o solicitud, por lo que aconsejamos su utilización.

27. ¿Cuándo hay que pagar los impuestos municipales, no me ha llegado el recibo, dónde puedo consultar el importe?
Se recuerda que debido al estado de alarma la fecha para el pago voluntario de los impuestos municipales (Ibi urbano, rústico y sobre vehículos de tracción mecánica) será desde el 4 de mayo al 6 de julio. Aquellos que tiene sus recibos domiciliados, informarles que el cargo se realizará en el mes de julio.
Si tienes dudas o quieres realizar alguna consulta sobre tu recibo puedes enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Visto 4744 veces Modificado por última vez en Jueves, 30 Abril 2020 12:02

Síguenos.

Agenda Municipal

08
Jun
Fecha 08 Junio 2023, 21:00
Nombre: Obra de teatro «Tres cosas» producida por Sala Cero.Lugar y hora: Jueves 8 de junio a las 21:00h. en el Teatro de la Casa de la

30
Jun
Fecha 30 Junio 2023, 20:30
Nombre: «Tejiendo alas». Espectáculo flamenco inclusivo.Lugar y hora: Viernes 30 de junio a las 20:30h. en la Casa de la

06
Jul
Fecha 06 Julio 2023, 22:00
Nombre: Cine de verano, «Minions: el origen de Gru». Lugar y hora: 6 a las 22:00h. en la Plaza de la Cultura.Inscripción: No es

13
Jul
Fecha 13 Julio 2023, 22:00
Nombre: Cine de verano, «A todo tren: destino Asturias».Lugar y hora: 13 de julio a las 22:00h. en la Plaza de la

Image

Síguenos

Encuentranos en las principales redes sociales y mantente informado
Bollullos Instagram

Buscador

Notification